Condiciones de entrada para los nacionales de terceros países al "Espacio Schengen" de la Unión Europea. (19/07/2012)

COMUNICADO
Las autoridades representantes de los Estados Schengen desean recordar a los ciudadanos mexicanos algunas reglas con respecto a la entrada al territorio europeo.
Los ciudadanos mexicanos no necesitan visa de corta estancia (90 días). Sin embargo, el régimen de extensión de visa NO IMPLICA QUE EL VIAJERO GOZA DE UN DERECHO DE ENTRADA AUTOMÁTICO EN EL TERRITORIO SCHENGEN.
En efecto, este derecho se otorga en función de la apreciación de la policía de fronteras que puede, tal como lo prevé el "Código Fronteras Schengen", exigir los siguientes documentos:
• Un justificante de alojamiento,
• Prueba de recursos financieros suficientes para el periodo de estancia contemplado,
• Un justificante relacionado con el itinerario de viaje o el trayecto de regreso.
Para ello, las autoridades representantes de los Estados Schengen recuerdan que los viajeros deben tener en su poder estos documentos cuando entran al Espacio Schengen.
Para mayor información referirse al Diario Oficial de la Unión Europea L 105, 2006 en donde se establecen las Condiciones de entrada para los nacionales de terceros países al "Espacio Schengen."
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