I - DISPOSICIONES GENERALES

1) SOBRE EL MODELO:

El Modelo emulará una sesión plenaria del Parlamento Europeo. El propósito y agenda de la misma está especificado en su convocatoria.

2) GRUPOS:

Los diputados no se organizan por delegaciones nacionales, sino en grupos transnacionales en función de sus afinidades políticas. Según el reglamento interno, un grupo político debe estar formado por diputados elegidos en al menos un cuarto de los Estados Miembros, y contar con al menos veintitrés diputados.

3) DENOMINACIÓN:

Para los diputados, podrá utilizarse indistintamente la denominación "Eurodiputado" o "Representante".

4) AUTORIDADES DEL MODELO:

El Presidente será la autoridad del Modelo durante su desarrollo. Junto con un Vicepresidente conformarán “la Mesa”.

5) LENGUAJE PARLAMENTARIO:

El idioma que se utilizará durante los días de la simulación será el castellano. El uso del mismo deberá ser estrictamente formal y en tercera persona.

6) INTERVENCIONES:

Ningún diputado podrá dirigirse a la Mesa sin ser reconocido previamente por la misma. Si la intervención de algún diputado se sale del tema en discusión, resulta ofensiva, o excede el tiempo permitido, la Mesa le podrá llamar la atención.

7) ASISTENCIA:

Los participantes deberán estar presentes en todo momento, cumpliendo con los horarios establecidos. Ningún grupo podrá ausentarse sin previo consentimiento de la Mesa. De no ser así, la misma está en plena capacidad de amonestar al grupo que incumpla con los horarios establecidos en la agenda, a menos que presente previa excusa.

8) QUÓRUM:

La Mesa podrá declarar abierta la sesión y dar continuidad al debate cuando al menos el 80% de los diputados se encuentren presentes.

9) VESTIMENTA:

Durante el Modelo, los diputados deberán hacer uso de vestimenta formal.

10) CÓDIGO DE CONDUCTA:

  • El trato de los diputados entre sí y con las autoridades del Modelo será estrictamente formal y respetuoso durante el desarrollo de las actividades del Modelo.

  • No estará permitido el contacto de acompañantes, profesores u observadores con los diputados durante las instancias formales de negociación.

  • No está permitido el uso de artefactos electrónicos de almacenamiento de información y telecomunicación que interfieran con en el trabajo de las sesiones.

  • Los diputados no podrán comer dentro del recinto.

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