¿Eres ciudadano/a de la Unión Europea en Panamá? Conoce más sobre tu derecho a la protección consular y cómo puedes beneficiarte de ella en Panamá.

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¿Qué es la protección consular?

La protección consular es la ayuda que un Estado miembro de la UE puede prestar a sus ciudadanos/as en caso de que necesiten asistencia en el extranjero. Típicamente, la protección consular puede incluir casos como:

  • Necesidad de documentos de viaje de emergencia;
  • Un accidente grave o una enfermedad grave;
  • Auxilio o repatriación en caso de emergencia;
  • Ser víctima de un delito;
  • Arresto o detención;
  • Muerte.

En Panamá, diez Estados miembros de la UE tienen una embajada u oficina residente: Alemania, Bélgica, España, Francia, Grecia, Hungría, Italia, Países Bajos, Polonia y Portugal.

Otros 15 Estados Miembros tienen Consulados Honorarios, constituyendo una red de cónsules honorarios y agentes consulares que cubren todo el país. 

 

Dos Estados miembros de la UE (Estonia y Malta) no están representados en Panamá.

Los Cónsules Honorarios y los agentes consulares tienen funciones y competencias diferentes. Los Cónsules Honorarios son voluntarios que pueden prestar un servicio más accesible a los nacionales que se encuentran en su área de competencia consular, proporcionando información y asistencia a las personas que tienen dificultades en el extranjero. Los Agentes Consulares Honorarios tienen una función ligeramente reducida a la de los Cónsules Honorarios, ya que son el primer punto de contacto en caso de emergencia.

¿Eres un ciudadano/a de la UE que necesita protección consular en Panamá?

  • Puede ponerse en contacto con su Embajada residente o Cónsul Honorario habilitado para proporcionar protección consular.
  • Si su Estado no tiene una Embajada residente o un Cónsul honorario habilitado para brindar protección consular en Panamá, puede dirigirse a otro Estado miembro de la UE para obtener protección consular.

De hecho, cualquier ciudadano/a de la UE en el extranjero cuyo propio Estado miembro no tenga representación local tiene derecho a recibir protección consular de las autoridades diplomáticas o consulares de cualquier otro Estado miembro de la UE. En ese caso, los/as ciudadanos/as de la UE tienen derecho a beneficiarse de la protección consular en las mismas condiciones que los nacionales de ese otro Estado miembro de la UE.

Puede encontrar los datos de contacto de las Embajadas y Cónsules Honorarios de los Estados Miembros de la UE que pueden proporcionar protección consular en Panamá en esta lista.

Tenga en cuenta que la Delegación de la UE en Panamá no puede proporcionar asistencia consular directa. En consonancia con la Directiva sobre protección consular, la Delegación de la UE contribuye a la implementación del derecho de los ciudadanos de la UE a la protección consular en estrecha cooperación con los Estados Miembros, en particular facilitando los esfuerzos coordinados de la UE en materia de preparación y respuesta consular ante las crisis.

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¿Has perdido tu documento de viaje?

Obtén un Documento Provisional de Viaje de la UE

Los ciudadanos de la UE cuyo pasaporte o documento de viaje haya sido perdido, robado o destruido en un país fuera de la UE en el que su propio Estado Miembro de la UE no tenga embajada o consulado tienen derecho a recibir un Documento Provisional de Viaje de la UE (EU Emergency Travel Document) de cualquier otro Estado miembro de la UE situado en ese país. 

El Documento Provisional de Viaje de la UE (ETD por sus siglas en inglés) se expide para un solo viaje al Estado miembro de la UE de la nacionalidad o residencia del titular, o excepcionalmente, a otro destino (como un país vecino con una embajada o consulado del titular). 

El Documento Provisional de Viaje de la UE es válido durante un período un poco más largo que el requerido para completar el viaje para el que se expide. Normalmente, la validez no superará los 15 días naturales. Se recomienda encarecidamente a las personas que reciban un Documento Provisional de Viaje de la UE que completen el viaje lo antes posible, sigan cualquier consejo dado por el consulado o la embajada sobre la mejor ruta y soliciten inmediatamente un documento de viaje normal. El Documento Provisional de Viaje de la UE debe devolverse después de la llegada al destino final. 

Los ciudadanos de la UE que necesiten un Documento Provisional de Viaje de la UE deben presentar su solicitud en la embajada o consulado de un Estado miembro de la UE. Documento Provisional de Viaje de la UE se expedirá tras una verificación de la nacionalidad y la identidad del solicitante por parte del Estado Miembro de nacionalidad del ciudadano de la UE no representado. En casos normales, la emisión no debería durar más de siete días hábiles. 

Los Estados Miembros también pueden optar por expedir el Documento Provisional de Viaje de la UE a otras personas, como sus propios nacionales o los miembros de la familia de ciudadanos de la UE que ya viven en la UE. Si se expide un Documento Provisional de Viaje de la UE a una persona que no es ciudadana de la UE, puede ser necesario un visado. 

Para más información, consulte:

Protección consular - Comisión Europea

Directiva sobre un Documento Provisional de Viaje de la UE 

Más información

Como ciudadano/a de la UE, puede tomar medidas sencillas para que la protección consular sea más eficaz, por ejemplo:

  • Seguir los consejos de viaje emitidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores de su país.
  • En el extranjero, registrarse en su Embajada o Consulado, a través de las plataformas al efecto si las hubiese.
  • Otros consejos incluyen mantener una copia electrónica de sus documentos de viaje, suscribirse a un seguro de viaje y guardar los datos de contacto de emergencias.

Recuerde que cada persona viaja al extranjero bajo su propio riesgo y la capacidad de las embajadas para ayudar en caso de problemas siempre es limitada.

Para obtener más información sobre la protección consular, consulte las páginas dedicadas en los sitios web del SEAE, la Comisión Europea y el Consejo de la UE.